Radio Dubén Stereo.

viernes, 20 de marzo de 2020

¿Qué dice la LOPNNA con respecto a la publicación y/o divulgación de Imágenes, Fotos o Vídeos de Niñas, Niños y Adolescentes en las Redes Sociales?


Artículo 65. Derecho al Honor, Reputación, Propia Imagen, Vida Privada e Intimidad Familiar. Todos los niños y adolescentes tienen derecho al honor, reputación y propia imagen. Asimismo tienen derecho a la vida privada e intimidad de la vida familiar. Estos derechos no pueden ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales.
Parágrafo Primero: Se prohíbe exponer o divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de los niños y adolescentes contra su voluntad o la de sus padres, representantes o responsables. Asimismo, se prohíbe exponer o divulgar datos, imágenes o informaciones, a través de cualquier medio, que lesionen el honor o la reputación de los niños y adolescentes o que constituyan injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada o intimidad familiar.
Parágrafo Segundo: Está prohibido exponer o divulgar, por cualquier medio, datos, informaciones o imágenes que permitan identificar, directa o indirectamente, a los niños y adolescentes que hayan sido sujetos activos o pasivos de hechos punibles, salvo autorización judicial fundada en razones de seguridad u orden público.

Dicho esto la invitación es a dejar de estar publicando las fotos, imágenes o vídeos de las niñas, niños y adolescentes en internet durante estos días de cuarentena social y comunitaria por la pandemia del Covid-19. Tomen fotos a las actividades o desde un ángulo donde no aparezca el rostro de ellas y ellos. 

¡Cuidemos a nuestras niñas, niños y adolescentes! 

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